25 de julio de 2018

Baremo de Méritos de cara a una nueva convocatoria. (1ª parte)

Muchos opositores nos están escribiendo dirigiéndose a nosotros para prepararse, de cara al año 2020, en CCAA donde éste año se han celebrado oposiciones (Andalucía, Canarias, Castilla la Mancha,...etc.), si bien es muy correcto planificarse correctamente para llegar con las máximas garantías (preparar el estudio de prácticas, programación,...) una de nuestras primeras recomendaciones es revisar los puntos por méritos que tienes  teniendo en cuenta la  convocatoria de oposiciones de este último año o de años anteriores. A partir de ahí te puedes hacerte una composición de lugar de la situación en la que te encontrarías si pasaras o hubieras pasado la 2ª prueba de la Oposición de FOL en cualquier CCAA (mi recomendación es que te pongas en la peor y la mejor de las situaciones, es decir en el tribunal donde los opositores tienen más y menos méritos) y tuvieras que comprobar con una Hoja Excell a cuento asciende tu nota de la primera y segunda prueba (ponderada al 60%) y a cuanto ascienden tus méritos (ponderados al 40%) para ver si eres funcionari@. ¿Por qué? Sería una pena que tuvieras una buena nota en la oposición y ahora no tuvieras ningún mérito y además coincidiera que el tribunal donde te has examinado hubieran pasado opositores con muy pocos méritos o que el número de plazas diera opción a obtener plaza sin ser funcionario interino de FOL o de otra especialidad. Para que no se dé esta situación de cara a una nueva convocatoria de oposiciones:

Debes analizar el "Anexo de la última convocatoria de oposiciones en la CCAA en la que te quieres examinar en un futuro" (aunque mi recomendación es mirar los anexos de todas las CCAA, ya que aunque el baremo de méritos no suele cambiar mucho de un año para otro si podría incorporar alguna novedad y analizando todos los baremos de las convocatorias de las distintas CCAA se podría tener conocimiento de los méritos que están puntuando en cada una de ellas) y ver que méritos no tienes y puedes obtener de cara a 2 años que faltan para la nueva convocatoria. 

Una vez abiertas las distintas convocatorias y sus anexos nos podemos encontrar que la puntuación por méritos gira en torno a los siguientes campos:

  • Experiencia Docente Previa. Aquí nos van a puntuar experiencia que tengamos como docentes en la Administración Educativa (Centros Públicos de la Consejería de Educación o Privados que tengan algún concierto educativo con la Administración y se les haya autorizado la impartición de una etapa educativa o en nuestro caso de un ciclo formativo. Esta experiencia docente sólo se puede obtener o bien formando parte de una bolsa de trabajo de la Administración Educativa (por haber aprobado una prueba de las oposiciones o por bolsa extraordinaria) y que nos hayan llamado a trabajar como docentes o bien por ser contratados por un Centro Concertado o Privado como profesores de FOL o EIE, integrado en la Red Pública de Centros de la CCAA (Academia, Cooperativa Educativa, Asociación,...) al que se le hubiera dado la autorización para impartir  un ciclo formativo y nos contratarán como profesores de FOL o EIE en dicho ciclo formativo. Esta última opción, aunque parezca complicada, es una buena opción para incrementar el baremo por experiencia y debemos tener en cuenta que se valora cada mes de contrato independientemente del número de docencia que hayamos dado. Por ejemplo: un centro privado me contrata durante 3 horas/semana para impartir el módulo de FOL durante 1 año, es lo mismo de válido que si me hubiera contratado 18 horas/semana, es decir la puntuación en el baremo es la misma (una aspecto a tener en cuenta sería si me contratan para impartir otra etapa educativa o un módulo que no pertenece a mi especialidad....en ese caso hay que mirar el baremo con 2 ojos ya que la puntuación asignada no es la misma). Por último aclarar que no se va a puntuar como experiencia docente la impartición de cursos de la Consejería de Empleo, del Fondo Social Europeo, cursos privados y por supuesto tampoco la experiencia como docentes en la Universidad. 
  • Formación Académica (titulación de acceso). Las titulaciones de acceso a nuestra especialidad vienen marcadas por el RD 276/2007 el cual establece que toda persona licenciada o en posesión de un grado se puede presentar a cualquier especialidad y que en función de la nota de su expediente académico (es necesario mirar la convocatoria de cada CCAA) se asigna una puntuación por méritos. Por ejemplo una persona con una licenciatura que tenga un 9 de expediente, en Andalucía contaría con 1,5 puntos de baremo en ese apartado, que sumados a los cursos de formación (esto lo veremos en una nueva publicación) ya le harían tener 3,5 puntos en el baremo. Alguien puede pensar en lo difícil que es tener un 9 de expediente o que esto no se ha tenido en cuenta mientras que se estudiaba la carrera....La respuesta en este caso aunque a posteriori es....esto es una labor del Dpto. de Orientación y del Dpto. de Formación y Orientación Laboral para los alumnos que terminan el Bachillerato y la Formación Profesional y tienen como objetivo estudiar una carrera y ser docentes (aquí es cuando hay que indicarles esta opción). Por último destacar que hay titulaciones que dan acceso a la oposición pero que no son puntuables, estas son las reconocidas en el Anexo V del RD 276/2007 como titulaciones equivalentes (Diplomados en Ciencias Empresariales, Relaciones Laborales, Trabajo Social, Educación Social y Gestión y Administración Pública), así como que hay titulaciones que en las convocatorias no se consideran de acceso y para pasar el corte de la primera prueba se exige un poquito más de nota que al resto de opositores, como por ejemplo en Extremadura en esta última oposición.
  • Otras Titulaciones Universitarias de carácter oficial que no hayan sido alegadas como requisito de acceso. Nos encontramos hoy en día con la siguiente situación opositores que han cursado una Diplomatura (titulación equivalente) y que la Universidad les ha dado la posibilidad mediante convalidaciones la antiguas Licenciaturas o los actuales Grados. ¿Qué es lo que ocurre a partir de aquí? Me convalidan muchas asignaturas y por lo tanto en mi expediente me aparecen como no cursadas o con una nota de un 5 y todas en el mismo año. A partir de aquí tenemos 2 opciones: 1ª opción) meto esta nueva titulación como otra titulación y la Comisión Baremadora (o en muchos casos, como Valencia, Galicia,...etc., el propio tribunal que es el que barema no me da los puntos) me dice que no he cursado un mínimo de asignaturas (en Andalucía la convocatoria fija el 40%) y por lo tanto no me puntúa como 2ª titulación; 2ª opción) Alego como primera titulación la Licenciatura o Grado que he obtenido y no la Diplomatura.....¿Qué es lo que ocurre aquí? Por norma general como he cursado muy pocas asignaturas y el resto han sido convalidadas con una nota de un 5, la nota del expediente no llega a 6 puntos y por lo tanto no me dan puntuación en el baremo. Por lo tanto ojo con las segundas titulaciones a través de las pasarelas de convalidaciones a través de planes de estudios que nos han hecho invertir tiempo y dinero, que nos han mejorado profesionalmente pero que en las oposiciones de secundaria no contarán como mérito (salvo mejoras en las convocatorias, por ejemplo la de Cantabria en la que se establece un sistema de cálculo teniendo en cuenta el expediente de la Diplomatura o titulación de acceso y el expediente del Grado). 
Espero que os resulte interesante este artículo y que veáis la importancia de analizar el baremo según los anexos de las convocatorias de cada CCAA. En nuestra web (http://preparatefol.tk) tenéis colgadas las últimas convocatorias (dentro del menú "laespecialidad105") y dentro de ellas sus anexos. 




En próximos artículos analizaremos más apartados y recomendaciones de cara al baremo de méritos, como por ejemplos: máster, nivel B2 Inglés,...etc. 

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